Artículo 18. En caso de maternidad.
Artículo 18 de la Orden de 13 de octubre de 1967 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de la prestación por incapacidad laboral transitoria en el Régimen general de la Seguridad Social. · BOE-A-1967-19566
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-01.
Texto consolidado
(Derogado)
Redactado el apartado 3 conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 267, de 8 de noviembre de 1967. Ref. BOE-A-1967-19569.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-21491.
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