Artículo 18. Hábitats protegidos.
Artículo 18 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo. · BOE-A-2020-5163
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-12.
Texto consolidado
Queda prohibida la pesca con modalidad de arrastre de fondo sobre los lechos de Posidonia oceanica u otras fanerógamas marinas, en los fondos coralígenos y de maërl, de conformidad con lo previsto en los apartados 1, 2, 3 y 4 del artículo 4 del Reglamento (CE) núm. 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 2847/93 y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1626/94.