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Ley Foral Vigente

Artículo 18. Proyecto de construcción.

Artículo 18 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra. · BOE-A-2007-8581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-24.

Texto consolidado

1. El proyecto de construcción es el documento técnico y económico que define una actuación con el detalle necesario para hacer factible la completa ejecución de las obras.

2. Sin perjuicio de lo establecido por la normativa en materia de contratos públicos y en la normativa sectorial de aplicación, el contenido de los proyectos de construcción será determinado en cada caso por el Departamento competente en materia de carreteras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-24.

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