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Ley Foral Derogada

Artículo 18. Designación, cese y funciones.

Artículo 18 de la Ley Foral 17/1998, de 19 de noviembre, de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra. · BOE-A-1999-298

Atención: Ley Foral 17/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los Vicepresidentes serán elegidos y cesados por acuerdo del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra, de entre sus miembros, conforme a lo establecido en el Reglamento de régimen interior.

2. Los Vicepresidentes sustituirán, por su orden, al Presidente en los casos de ausencia o enfermedad.

3. Los Vicepresidentes ejercerán además aquellas funciones que les sean delegadas por el Presidente, conforme a lo establecido en el artículo 17.1 de la presente Ley Foral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-11-28.

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