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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 18. Intervención municipal en la implantación del equipamiento comercial.

Artículo 18 de la Ley 9/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior. · BOE-A-2011-2621

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-25.

Texto consolidado

1. La construcción o apertura, ampliación, cambio de actividad o traslado del equipamiento comercial están sujetos a la obtención de las licencias municipales urbanísticas y, en su caso, de actividades clasificadas.

2. Si, de conformidad con lo previsto en la presente ley, el proyecto de equipamiento comercial sujeto a licencia municipal requiriese el sometimiento a declaración de impacto ambiental, no se podrá otorgar la licencia con anterioridad a la declaración dictada por el órgano ambiental. Tampoco se podrá otorgar licencia municipal cuando la declaración de impacto ambiental hubiera sido negativa o cuando no resulte acreditado el cumplimiento de las medidas correctoras determinadas en la misma, pudiendo el Ayuntamiento exigir, en este último caso, las garantías que considere precisas a tales efectos.

3. La resolución decidirá, motivadamente, sobre la concesión o la denegación de la licencia que permita ejecutar el proyecto de equipamiento comercial para el que se solicita, en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento.

Las licencias se entenderán obtenidas por silencio administrativo positivo una vez transcurridos los plazos y cumplidas las condiciones establecidas por la legislación de régimen local o cualquier otra que sea de aplicación, sin que se haya notificado la resolución expresa al interesado.

4. La licencia será obligatoriamente comunicada de modo fehaciente por los Ayuntamientos a las Consejerías competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo y en materia de comercio en el plazo de un mes desde su concesión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-25.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-10578.

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