Artículo 18. Régimen jurídico.
Artículo 18 de la Ley 8/2002, de 5 de diciembre, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-614
Atención: Ley 8/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La tramitación del procedimiento de concentración parcelaria se realizará de conformidad con lo establecido en la legislación sectorial del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos siguientes.