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Ley Vigente

Artículo 18. Principios básicos de actuación.

Artículo 18 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura. · BOE-A-2017-10455

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-24.

Texto consolidado

1. Los miembros de los Cuerpos o plantillas de Policía Local de Extremadura, en tanto que forman parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, participan en el mantenimiento de la Seguridad Pública, actuando conforme a los principios básicos que la legislación orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad establece para ellos, en cooperación recíproca, absoluto respeto a los derechos fundamentales y las libertades públicas de las personas y sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.

2. De igual manera, el personal funcionario de las Policías Locales de Extremadura tendrá como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-08-24.

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