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Ley Vigente

Artículo 18. Usos prohibidos.

Artículo 18 de la Ley 5/2003, de 26 de marzo, reguladora de La Red de Itinerarios Verdes de La Rioja. · BOE-A-2003-7529

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-23.

Texto consolidado

1. La ocupación o utilización de la ruta o vía verde, sus elementos e instalaciones para actividades incompatibles con su destino.

2. El vertido de basuras y residuos en la ruta o vía verde y sus zonas de afección.

3. Circular con vehículos a motor, salvo las excepciones del artículo anterior y las que sean objeto de autorización.

4. Queda prohibida la publicidad estática en la zona de dominio público de las infraestructuras de la Red de Itinerarios Verdes de La Rioja , así como la publicidad en la zona de afección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-23.

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