Artículo 18. Usos prohibidos.
Artículo 18 de la Ley 5/2003, de 26 de marzo, reguladora de La Red de Itinerarios Verdes de La Rioja. · BOE-A-2003-7529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-23.
Texto consolidado
1. La ocupación o utilización de la ruta o vía verde, sus elementos e instalaciones para actividades incompatibles con su destino.
2. El vertido de basuras y residuos en la ruta o vía verde y sus zonas de afección.
3. Circular con vehículos a motor, salvo las excepciones del artículo anterior y las que sean objeto de autorización.
4. Queda prohibida la publicidad estática en la zona de dominio público de las infraestructuras de la Red de Itinerarios Verdes de La Rioja , así como la publicidad en la zona de afección.