Artículo 18. Criterios para su elaboración.
Artículo 18 de la Ley 5/2001, de 9 de julio, de Promoción y Desarrollo de la Investigación Científica y la Innovación. · BOE-A-2001-15385
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-17.
Texto consolidado
En la elaboración del Plan se tendrán especialmente presentes los condicionantes derivados de la situación geográfica de Canarias para la formación, movilidad y capacitación competitiva de los investigadores canarios y la conveniencia de impulsar una mayor integración de personal investigador en las empresas de la región.