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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 18. Formación.

Artículo 18 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-2021-14237

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-01.

Texto consolidado

1. Se potenciará mediante acciones específicas de formación la capacitación de los empleados públicos en aquellas materias de especial relevancia para la gestión pública y el desarrollo de tareas vinculadas a la ejecución de los proyectos y programas financiados con fondos ''Next Generation EU''.

2. El Instituto Canario de Administración Pública, en el ámbito de sus competencias, y, en su caso, de acuerdo con las orientaciones establecidas por el Comité Director de Planes y Proyectos, impartirá formación inicial y respecto a materias comunes a medida para la gestión de los fondos en materias tales como planificación estratégica, habilidades directivas, contratación pública, procedimientos de subvenciones y ayudas, gestión financiera o presupuestaria, convenios o colaboración público-privada, entre otras.

Corresponderá a la Intervención General y a la autoridad responsable del MRR, de acuerdo con las orientaciones establecidas por el Comité Director de Planes y Proyectos, la programación, organización e impartición, en su caso, de las acciones formativas avanzadas o especializadas asociadas a la gestión y control y justificación de los fondos. Para ello podrán concertar convenios en materia de formación con otras Administraciones Públicas, así como en su caso con entes privado sin ánimo de lucro.

3. La formación vinculada a la ejecución de estos fondos tendrá un enfoque de formación en competencias y orientada al cumplimiento de objetivos y la resolución de problemas, con especial intensidad en la adquisición y mejora de habilidades digitales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-10011.

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