El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 18. Titularidad y responsabilidad.

Artículo 18 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia. · BOE-A-2019-13518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-15.

Texto consolidado

1. La titularidad de la sede electrónica de la Xunta de Galicia corresponde a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y a las entidades públicas instrumentales incluidas en su ámbito.

2. Corresponderá a la consejería con competencias en materia de administraciones públicas la coordinación, con los órganos y entidades del sector público autonómico, de los contenidos y servicios disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

3. La entidad del sector público autonómico con competencias en desarrollo digital será la responsable de los contenidos y servicios comunes disponibles en la sede electrónica, de la gestión tecnológica y de la continuidad, accesibilidad y seguridad de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

4. La responsabilidad de los contenidos puestos a disposición de la ciudadanía en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y relativos al ámbito de actuación de un órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma o de una entidad pública instrumental del sector público autonómico será, respectivamente, de la secretaría general o secretaría general técnica de la consejería u órgano ejecutivo de la entidad pública instrumental correspondiente. En el caso de contenidos relativos a las otras entidades instrumentales, la responsabilidad corresponderá a la consejería de adscripción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-08-15.

Más artículos de Ley 4/2019

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.