Artículo 18. Accesibilidad en el transporte.
Artículo 18 de la Ley 3/1996, de 24 de septiembre, sobre Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación. · BOE-A-1996-24876
Atención: Ley 3/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los vehículos de transporte público de viajeros observarán lo dispuesto en la presente Ley.