Artículo 18. Comisión Especial de Cuentas.
Artículo 18 de la Ley 26/2002, de 26 de noviembre, de Creación de la Comarca de Cinco Villas. · BOE-A-2002-24536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-30.
Texto consolidado
La Comisión Especial de Cuentas estará constituida por miembros de todos los grupos políticos integrantes del Consejo Comarcal e informará las cuentas anuales de la comarca antes de ser aprobadas por el Consejo Comarcal.