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Ley Vigente

Artículo 18. Prohibición de intereses.

Artículo 18 de la Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico. · BOE-A-2011-12909

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-28.

Texto consolidado

Se prohíbe la concesión de intereses o cualquier otro beneficio relacionado con el tiempo durante el cual un titular de dinero electrónico está en posesión de dinero electrónico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-07-28.

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