Artículo 18. Periodo electoral.
Artículo 18 de la Ley 2/2024, de 27 de junio, de la Corporación Audiovisual de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2024-16512
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-29.
Texto consolidado
Durante las campañas electorales se aplicará el régimen especial que prevean las normas electorales. Su aplicación y control corresponderá a la Junta Electoral, que cumplirá su cometido a través del Consejo de Administración y del director general.