El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 18. Personal técnico e investigación.

Artículo 18 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.

Texto consolidado

1. El personal técnico de los museos de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha podrá promover y dirigir proyectos de investigación en el ámbito tanto de la museología y museografía como de las colecciones del museo. Igualmente podrán formar parte de proyectos de investigación promovidos por terceros y relacionados con la misma temática ya señalada.

2. En ambos supuestos se requerirá la autorización expresa de la Dirección General de quien dependa, el informe de la dirección del museo de que se trate o del Servicio de quien dependan los museos cuando el solicitante sea el director del centro.

3. La gestión económica de los proyectos de investigación financiados por entidades privadas que hayan sido promovidos, en todo o parte, por personal de las instituciones museísticas de Castilla-La Mancha será objeto de desarrollo reglamentario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-17.

Más artículos de Ley 2/2014

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.