Artículo 18. Acceso al cuerpo subalterno.
Artículo 18 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-03.
Texto consolidado
Para el acceso al cuerpo subalterno no se exige ninguna titulación académica.