Artículo 17. Titulaciones de acceso al cuerpo auxiliar.
Artículo 17 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-03.
Texto consolidado
Para el acceso al cuerpo auxiliar se exige el graduado escolar, el graduado en educación secundaria obligatoria, el título de técnico/a en formación profesional específica en materia de administración o las acreditaciones equivalentes.