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Ley Vigente

Artículo 18. El Plan de Atención Social.

Artículo 18 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura. · BOE-A-2015-5017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-04.

Texto consolidado

El Plan recogerá al menos los siguientes aspectos:

a) Valoración y diagnóstico.

b) Objetivos y metas.

c) Prestaciones adecuadas, tanto en la atención primaria como especializada.

d) Calendario de actuación.

e) Indicadores de evaluación.

f) Acuerdos con los miembros familiares y los profesionales implicados en la intervención social.

Dicho Plan será consensuado con la persona o unidad familiar. En caso de desacuerdo prevalecerá el criterio técnico en las situaciones de riesgo o desprotección social y también cuando la opción elegida por la persona no se ajuste a los requisitos establecidos en la norma de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-04.

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