Artículo 18. Documentación y acceso al Inventario General de Bienes y Derechos.
Artículo 18 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana. · BOE-A-2003-10298
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-12.
Texto consolidado
1. Los documentos que refrendaran los datos del Inventario General de Bienes y Derechos de la Generalitat se archivarán con separación de la demás documentación.
2. El sistema de acceso por los ciudadanos al Inventario General de Bienes y Derechos de la Generalitat se determinará reglamentariamente, de acuerdo con la normativa de acceso a archivos y registros administrativos.