El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 18. Reserva de Ley.

Artículo 18 de la Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-1992-174

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-12-14.

Texto consolidado

El establecimiento de las tasas y la regulación de sus elementos esenciales se harán mediante Ley. La aplicación de una tasa establecida a supuestos concretos de venta de bienes, realización de actividades o prestación de servicios se podrá hacer en la Ley de presupuestos de cada año.

Asimismo, en dicha Ley, se podrán modificar y actualizar las tarifas correspondientes a las tasas vigentes.

No se podrán establecer ni percibir tasas que no sean consecuencia del suministro o prestación de algún bien o servicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-12-14.

Más artículos de Ley 13/1991

En El Vínculo puedes leer Ley 13/1991 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.