Artículo 18. Las entidades de voluntariado.
Artículo 18 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura. · BOE-A-2019-15519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-16.
Texto consolidado
Se consideran entidades de voluntariado, además de las definidas en el artículo 4 letra b), aquellas federaciones, confederaciones o uniones de organizaciones de voluntariado legalmente constituidas en el ámbito autonómico, estatal o internacional.