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Ley Derogada

Artículo 18. Prescripción de las sanciones.

Artículo 18 de la Ley 12/2003, de 10 de abril, sobre perros de asistencia para personas con discapacidades. · BOE-A-2003-10296

Atención: Ley 12/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las sanciones reguladas en la presente ley prescribirán una vez transcurrido el período de tiempo, que para cada una de ellas se señala a continuación, a contar desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción:

a) A los seis meses, las impuestas por infracciones leves.

b) Al año, las impuestas por infracciones graves.

c) A los dos años, las impuestas por infracciones muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-07-11.

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