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Ley Vigente

Artículo 18. Patrimonio.

Artículo 18 de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del servicio público de empleo de Castilla y León. · BOE-A-2003-8798

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-15.

Texto consolidado

1. El Servicio Público de Empleo, para el cumplimiento de sus funciones, tendrá un patrimonio propio, integrado por los bienes y derechos que se le adscriban, los que adquiera por cualquier título y los que están afectos a los servicios y funciones del Servicio Público de Empleo.

2. La gestión del patrimonio se ajustará a lo dispuesto por la normativa de patrimonio de la Comunidad de Castilla y León.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-15.

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