Artículo 18. Modificación de líneas de subvenciones ya publicadas para adaptarse a la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica.
Artículo 18 del Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica. · BOA-d-2020-90247
Atención: Decreto-ley 4/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para la puesta en marcha de las medidas previstas en la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica, los órganos competentes para la concesión de subvenciones podrán modificar el plan estratégico, las bases reguladoras o las convocatorias, aunque cualquiera de esos documentos ya se encuentre publicado. En estos casos, la tramitación del expediente será única, con el mismo plazo y condiciones que se establece en el artículo siguiente para la emisión de informes preceptivos, sin que, en su caso, sea precisa la autorización previa del Gobierno de Aragón para la modificación del plan estratégico.
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