El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Vigente

Artículo 18. Aplicación presupuestaria y financiación.

Artículo 18 del Decreto-ley 25/2020, de 16 de junio, de medidas extraordinarias en materia social y de carácter fiscal y administrativo. · BOE-A-2020-8754

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-18.

Texto consolidado

18.1 El importe correspondiente al otorgamiento de las subvenciones definidas en el artículo 9 es el siguiente:

Para la acción A1 (COVID-19), 300.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción A2 (COVID-19), 100.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción A3 (COVID-19), 100.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción A4 (COVID-19), 100.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción A5 (COVID-19), 200.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción B1 (COVID-19), 200.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción B2 (COVID-19), 425.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción B3 (COVID-19), 100.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción C1 (COVID-19), 250.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción C2 (COVID-19), 1.000.000,00 de euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción C3 (COVID-19), 100.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000.

Para la acción D1 (COVID-19), 450.000,00 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/470000100/316F/0000, D/481000100/316F/0000 y D/482000100/316F/0000.

18.2 Las actuaciones previstas en las acciones A1 (COVID-19), A2 (COVID-19), A3 (COVID-19), A4 (COVID-19), A5 (COVID-19), C1 (COVID-19), C2 (COVID-19), C3 (COVID-19) y D1 (COVID-19) se enmarcan en la prioridad de inversión descrita en el artículo 3 a) v) del Reglamento (UE) 1304/2013 relativo al Fondo Social Europeo, a través del Programa operativo FSE de Cataluña 2014-2020, n.º CCI2014ES05SFOP007 del Fondo Social Europeo.

18.3 En caso de que el importe previsto para el otorgamiento de alguna acción prevista en el artículo 9 no se agote con las solicitudes presentadas, se pueden reasignar los recursos disponibles para atender las solicitudes de otras acciones donde haya solicitudes que no se hayan podido atender.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-06-18.

Más artículos de Decreto-ley 25/2020

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 25/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.