Artículo 179. Devengo de comisión.
Artículo 179 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2026-3217
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.
Texto consolidado
Los avales otorgados por la Administración de la Comunidad de Madrid podrán devengar las comisiones que para cada operación se determine.