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Ley Vigente

Artículo 176. Competencia sancionadora.

Artículo 176 de la Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja. · BOE-A-2023-4327

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-28.

Texto consolidado

La competencia para la imposición de las sanciones a las que se refiere esta ley corresponderá:

a) En el supuesto de infracciones leves y graves, a la persona titular de la dirección general con competencias en materia de conservación del patrimonio natural.

b) En el supuesto de infracciones muy graves, a la persona titular de la consejería competente en materia de medioambiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-02-28.

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