Artículo 173. Relaciones laborales.
Artículo 173 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. · BOE-A-2007-5825
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-20.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma tendrá política propia de relaciones laborales, que comprenderá, en todo caso:
1.º Las políticas activas de empleo, la intermediación y el fomento del empleo y del autoempleo.
2.º Las políticas de prevención de riesgos laborales y protección de la seguridad y salud laboral.
3.º La promoción del marco autonómico para la negociación colectiva.
4.º La promoción de medios de resolución extrajudicial de conflictos laborales.