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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 173. Incorporaciones y expropiaciones.

Artículo 173 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo. · BOE-A-2004-10070

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-04-28.

Texto consolidado

Los propietarios incluidos en el polígono o unidad de actuación dispondrán del plazo preclusivo de un mes desde la notificación del acuerdo municipal aprobatorio del Proyecto de Actuación para incorporarse a la Junta de Compensación. Si no lo hicieran, sus fincas serán expropiadas a favor de la Junta de Compensación, que tendrá la condición jurídica de beneficiaria. Podrán incorporarse también empresas urbanizadoras que hayan de participar con los propietarios en la gestión del polígono o unidad de actuación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-04-28.

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