El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Derogada 2 redacciones

Artículo 172. Base imponible y tipo de gravamen.

Artículo 172 de la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2001-9285

Atención: Ley Foral 7/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Constituye la base imponible la superficie útil de exposición y venta del establecimiento proyectado.

El tipo de gravamen será de 3,01 euros por cada metro cuadrado de superficie útil de exposición y venta.

Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2008, por el art. 6.1.21 de la Ley Foral 2/2008, de 24 de enero. Ref. BOE-A-2008-3585

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-27.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2008-3585.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley Foral 7/2001

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 7/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.