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Ley Vigente

Artículo 172. Políticas de prevención, control y sanción.

Artículo 172 de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja. · BOE-A-2015-4028

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

Texto consolidado

1. La consejería competente en materia de deporte, en colaboración con las federaciones deportivas de La Rioja y sin perjuicio de las competencias estatales e internacionales, promoverá e impulsará la realización de una política de prevención, control y sanción de la utilización de productos, sustancias y métodos no reglamentarios o prohibidos en el deporte, y promoverá políticas de lucha contra el uso de dichos productos, sustancias y métodos en el ámbito del deporte.

2. La consejería competente en materia de deporte desarrollará reglamentariamente el marco de prevención, control y sanción del dopaje en el ámbito deportivo de su competencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

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