Artículo 170. Normativa aplicable.
Artículo 170 de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja. · BOE-A-2015-4028
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.
Texto consolidado
En el ejercicio de la potestad jurisdiccional deportiva en los ámbitos disciplinario, organizativo-competicional y electoral, los órganos titulares de la misma aplicarán los estatutos y reglamentos correspondientes, debidamente aprobados, de las respectivas entidades implicadas, y los organizadores del ámbito no federado, las reglas o bases de la actividad deportiva organizada, y en todo caso el resto de normas del ordenamiento jurídico deportivo que resulten aplicables.