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Resolución Vigente 2 redacciones

Artículo 17. Organización de la dirección de promoción y servicios a entidades ZEC.

Artículo 17 de la Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Rector de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la Instrucción de organización interna y servicios. · BOE-A-2022-845

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-17.

Texto consolidado

1. La Dirección de promoción y servicios a entidades ZEC se estructura en las siguientes áreas de coordinación:

a) Área de Industrias, Puertos y Externalización de Servicios.

b) Área de Tecnología e Innovación.

2. El área de industrias, puertos y externalización de servicios será responsable, bajo la dirección de promoción y servicios a entidades ZEC, de coordinar, impulsar y supervisar la actividad de promoción de las actividades económicas incardinables en:

– Actividad marítima.

– Actividades accesorias al turismo.

– Actividades portuarias.

– Aeroespacial.

– Biotecnología.

– Energías renovables.

– Externalización de servicios y servicios compartidos.

– Industria.

– Microelectrónica.

– Tecnologías médicas.

– Cualquier otra actividad análoga a las anteriores.

– Las actividades relativas a tecnología, informática e investigación y desarrollo que sean complementarias de, o se refieran, a un proyecto cuya actividad principal esté comprendida en las áreas anteriores.

3. El área de tecnología en innovación y será responsable, bajo la dirección de promoción y servicios a entidades ZEC, de coordinar, impulsar y supervisar la actividad de promoción de las actividades económicas incardinables en:

– Arquitectura e ingeniería.

– Audiovisual.

– Ciberseguridad.

– Innovación.

– Investigación y desarrollo.

– Tecnología.

– Videojuegos.

– Cualquier otra actividad análoga a las anteriores.

4. La cobertura de estos puestos se efectuará mediante el sistema de libre designación, de entre personal con la experiencia, categoría y titulación que corresponda, en su caso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-07-17.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-14601.

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