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Real Decreto Vigente

Artículo 17. Requisitos para realizar actividades de fabricación e importación.

Artículo 17 del Real Decreto 85/2018, de 23 de febrero, por el que se regulan los productos cosméticos. · BOE-A-2018-2693

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-28.

Texto consolidado

Las personas físicas o jurídicas que realicen actividades de fabricación y/o importación de productos cosméticos, deben cumplir los requisitos aplicables especificados en el anexo de este real decreto, sin perjuicio de la subcontratación de parte de estas actividades con terceros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-02-28.

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