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Real Decreto Vigente

Artículo 17. Ministerio de Sanidad.

Artículo 17 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. · BOE-A-2023-23537

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-11-21.

Texto consolidado

1. Corresponde al Ministerio de Sanidad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud.

2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Sanidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-11-21.

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