Artículo 17. Manifestación de la intención de participar en el procedimiento.
Artículo 17 del Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Carrera Diplomática. · BOE-A-2014-7970
Atención: Real Decreto 638/2014 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el curso del mes de enero de cada año, los funcionarios de la Carrera Diplomática que deseen ser destinados a otro puesto en el extranjero, siempre que tengan cumplido el día 30 del siguiente mes de junio el periodo mínimo de permanencia en los puestos que ocupen, así como los que ocupen los puestos señalados en el artículo 24 y deseen participar en la convocatoria del citado año, lo comunicarán por escrito a la Dirección General del Servicio Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.