El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 17. Comunicación de datos.

Artículo 17 del Real Decreto 629/2013, de 2 de agosto, por el que se regula la pesca del coral rojo, su primera venta y el procedimiento de autorización para la obtención de licencias para su pesca. · BOE-A-2013-8564

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-08-04.

Texto consolidado

1. A los efectos del cumplimiento de la normativa comunitaria y de las obligaciones derivadas para España de los convenios, acuerdos o tratados internacionales sobre protección y conservación del coral rojo, los órganos competentes de las comunidades autónomas deberán remitir semestralmente al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente los datos sobre peso y tamaño del coral capturado en sus aguas interiores.

2. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Secretaría General de Pesca, podrá solicitar datos complementarios cuando así lo exija el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el apartado anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-08-04.

Más artículos de Real Decreto 629/2013

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 629/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.