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Real Decreto Vigente

Artículo 17. Las vocalías.

Artículo 17 del Real Decreto 342/2023, de 9 de mayo, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación. · BOE-A-2023-11073

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-11.

Texto consolidado

1. Cada una de las personas titulares de las cuatro vocalías que componen la Oficina ocuparán el cargo de Director o Directora de División.

2. Las Divisiones actuarán de forma coordinada y colaborarán para el ejercicio de sus funciones.

3. Así mismo, las vocalías participarán, con voz y sin voto, en las sesiones del Pleno del Comité de Cooperación de la contratación pública y formarán parte de las Secciones del mismo que determine la persona titular de la Presidencia de la Oficina.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-11.

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