Artículo 17. Procedimiento y plazos de caducidad.
Artículo 17 del Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual. · BOE-A-2003-6247
Atención: Real Decreto 281/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El procedimiento para practicar la anotación y para su cancelación, así como los plazos de caducidad de las anotaciones preventivas, se regirán por lo establecido en la legislación hipotecaria en cuanto sea compatible.