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Real Decreto Vigente

Artículo 17. Intervención profesional obligatoria.

Artículo 17 del Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española. · BOE-A-2021-4568

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-01.

Texto consolidado

En garantía de la defensa de los derechos y libertades y en cumplimiento de la función social de la Abogacía, los profesionales de la Abogacía deben realizar las intervenciones profesionales que se establezcan por ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-01.

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