Artículo 17. Objeto y asignación financiera.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
1. El objetivo de esta ayuda es la redistribución más equitativa y atribución más eficaz y eficiente de la ayuda a la renta, hacia las explotaciones medianas y pequeñas, para atender su diferencia de rentabilidad con respecto a las más grandes.
2. La asignación financiera indicativa anual será la que se indica en el anexo VII y de acuerdo con lo dispuesto en el título VI sobre disposiciones financieras.
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