Artículo 17. Comisiones especiales.
Artículo 17 de la Orden TIN/2189/2009, de 31 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo General, la Comisión Ejecutiva Central y las Comisiones Ejecutivas Territoriales del Servicio Público de Empleo Estatal. · BOE-A-2009-13254
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-11.
Texto consolidado
El Consejo General y la Comisión Ejecutiva Central podrán constituir comisiones especiales con sujeción al mismo criterio de composición representativa y orgánica establecida en este Reglamento, auxiliados, en su caso, por personas expertas en la materia a tratar.
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