Artículo 17. Plazo de resolución y notificación.
Artículo 17 de la Orden TED/1079/2020, de 11 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería autóctona y sostenible. · BOE-A-2020-14629
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-21.
Texto consolidado
1. El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será de seis meses, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria de ayudas en el «Boletín Oficial del Estado», que se computará según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Si transcurrido dicho plazo el órgano competente para resolver no hubiese notificado dicha resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada su solicitud.
2. La resolución de concesión se notificará al solicitante conforme a lo dispuesto en el artículo 8.
3. Las ayudas concedidas se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.