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Orden Vigente

Artículo 17. Límites a la concesión de las condecoraciones.

Artículo 17 de la Orden IET/2149/2012, de 4 de octubre, por la que se aprueba el reglamento para la concesión de la Medalla y Placa al Mérito Turístico. · BOE-A-2012-12684

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-12.

Texto consolidado

Las personas físicas, destinos, instituciones o empresas que hayan obtenido cualquiera de estas condecoraciones, tanto en alguna de las antiguas categorías y modalidades, como en las nuevas modalidades establecidas por el Real Decreto 1269/2012, de 31 de agosto, no podrán obtener de nuevo otra condecoración, ni siquiera en el caso de tratarse de una modalidad diferente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-10-12.

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