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Orden Derogada

Artículo 17. Criterios de graduación.

Artículo 17 de la Orden ESS/739/2017, de 26 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal. · BOE-A-2017-9211

Atención: Orden ESS/739/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Si la actividad subvencionable estuviera compuesta de varias fases o actuaciones, con presupuestos diferenciados, y se pudieran identificar objetivos vinculados a cada una de ellas, el importe de la subvención a percibir por el beneficiario será el que corresponda a las fases o actuaciones efectivamente realizadas en las que se hubieran cumplido los objetivos previstos para cada una de ellas.

Del mismo modo, los citados criterios se aplicarán para los supuestos de necesidad de reintegro de cantidad de subvención concedida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-08-03.

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