Artículo 17. Programaciones didácticas.
Artículo 17 de la Orden EFP/754/2022, de 28 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. · BOE-A-2022-13172
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-06.
Texto consolidado
1. Las programaciones didácticas de cada una de las materias o ámbitos serán elaboradas por el departamento didáctico responsable de su docencia.
2. Dichas programaciones incluirán, al menos, los siguientes elementos:
a) Contextualización, para cada materia, de los criterios de evaluación de las competencias específicas y de los saberes básicos asociados, y secuenciación de los mismos en unidades de programación que serán desarrolladas a través de situaciones de aprendizaje.
b) Principios metodológicos y didácticos.
c) Procedimientos e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado.
d) Criterios de calificación.
e) Medidas de apoyo o refuerzo.
f) Recursos y materiales didácticos.
g) Actividades extraescolares y complementarias.
h) Procedimiento de evaluación de la programación didáctica, del proceso de enseñanza y de la práctica docente.