Artículo 17. Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.
Artículo 17 de la Orden DEF/194/2021, de 8 de febrero, por la que se regula la contratación centralizada y se establece la composición y competencias de las Juntas de Contratación. · BOE-A-2021-3485
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-16.
Texto consolidado
1. El PACC es el documento en el que se detallarán las obras, servicios y suministros incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 3.1 que serán competencia de las Juntas de Contratación.
2. Además, el PACC incluirá el calendario de contratación, la Junta de Contratación competente y los órganos responsables de elaborar la documentación preparatoria y del seguimiento del expediente de contratación.
3. Las obras, suministros y servicios incluidos en el PACC no podrán ser contratados por órganos de contratación distintos a las Juntas de Contratación indicadas en dicho Plan, sin perjuicio de la delegación de competencias establecida en la disposición adicional primera.
Se modifican los apartados 1 y 2 por el art. 2.1 de la Orden DEF/609/2023, de 29 de mayo. Ref. BOE-A-2023-14215
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-14215.
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- Ver la norma completa: Orden DEF/194/2021, de 8 de febrero, por la que se regula la contratación centralizada y se establece la composición y competencias de las Juntas de Contratación.