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Ley Orgánica Vigente

Artículo 17.

Artículo 17 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable. · BOE-A-1987-17800

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-08-01.

Texto consolidado

La delegación efectuada por la presente Ley en materia tarifaria se ciñe a las facultades de la Administración de Transportes y no comprende las funciones que corresponden o puedan corresponder al Estado en virtud de la legislación general sobre el control de precios, las cuales no son objeto de delegación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-08-01.

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