El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 17. Uniforme, distintivos, credenciales, saludos, honores y recompensas.

Artículo 17 de la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra. · BOE-A-2018-16533

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-21.

Texto consolidado

1. El personal de la Policía Foral de Navarra vestirá de uniforme siempre que se encuentre de servicio.

Corresponde al Jefe o a la Jefa de la Policía Foral decidir motivadamente qué unidades o integrantes de la Policía Foral ejercerán sus funciones sin vestir el uniforme reglamentario en los casos en que el servicio lo requiera. A requerimiento de la ciudadanía acreditarán su identidad profesional en el ejercicio de sus funciones policiales.

2. Por orden foral del Consejero o Consejera competente se dictarán las normas sobre uniformidad, distintivos, credenciales, saludos, honores y recompensas.

Asimismo, se regularán los signos distintivos que hayan de utilizarse en las dependencias, vehículos y medios móviles de la Policía Foral de Navarra.

3. La rotulación de los uniformes, vehículos e instalaciones policiales se ajustará en todo momento a lo que se establezca en la legislación reguladora del uso del euskera en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-11-21.

Más artículos de Ley Foral 23/2018

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 23/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.